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Artículo 18 del Decreto Ley 294

Fija ubicacion en la escala unica para los trabajadores de la oficina de planificacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5945 · idParte: 9060476

Texto oficial

ARTICULO 18°. Derógase el artículo 72° de la ley 17.654. El monto del viático en dólares que corresponda otorgar a los trabajadores de los servicios, instituciones o empresas del Sector Público que deban viajar al extranjero, será fijado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda.