Texto oficial
Artículo 28°.- Reitérase que, por aplicación del
artículo 30° del decreto ley N.° 249, de 1974, han
quedado derogadas todas las disposiciones de cualquier
índole que concedían en beneficio de los trabajadores a
que se refieren los artículos anteriores de este decreto
ley, cualquier clase de remuneraciones distintas de las
establecidas o mantenidas en aquel cuerpo legal.