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Artículo 3 del Decreto Ley 297

Modifica el DFL n° 190, de 1960, sobre código tributario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5948 / 9056765.

Texto oficial

Artículo 3°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 102, de la ley N° 17.654, de 12 de Mayo de 1972: a) Sustitúyese el inciso primero por el siguiente: "Establécese un impuesto especial de E° 10 y E° 20 por litro de bencina corriente y especial, respectivamente, el cual no se considerará para calcular el impuesto del artículo 10 de la ley número 12.120". b) Agrégase el siguiente inciso nuevo: "El impuesto establecido en este artículo podrá reajustarse semestralmente por decreto del Ministerio de Hacienda en hasta el 100% de la variación del Indice de Precios al Consumidor ocurrida en los semestres comprendidos entre los meses de Junio a Noviembre y de Diciembre a Mayo, respectivamente".