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Artículo 1 del Decreto Ley 300

Restablece la asignacion de movilizacion, fija su monto y normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5953 / 8989413.

Texto oficial

ARTICULO 1° Restablécese a contar del 1° de enero de 1974, la asignación de movilización otorgada por el artículo 6° del decreto ley 97, de 1973. Esta asignación se pagará con el monto de E° 720 por el mes de enero de 1974.