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Artículo 9 del Decreto Ley 314

Complementa decreto-ley n° 50, de 21 de junio de 1932, que establece sanciones para los delitos cometidos contra la seguridad del estado; y reemplaza articulo 14.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5970 · idParte: 8856232

Texto oficial

Art. 9.o Reemplázase el artículo 14 del decreto-ley N.o 50, por el siguiente: "Artículo 14. El presente decreto-ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".