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Artículo 2 del Decreto Ley 339

(duplicado-rectificado) suplementa item del presupuesto de justicia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5998 / 7123879.

Texto oficial

Art. 2.o Créanse en el Presupuesto de Justicia, en vigencia, los siguientes ítem para los objetos que se expresan: 8/6/1, Capellán del Politécnico Elemental de Menores, sueldo durante cinco meses del año 1932________________________________________$ 1,500 8/6/4/n, Para los gastos que demande el servicio religioso en el Politécnico de Menores_____________________________________ 3,500 Cap. VII.- Instituto Médico Legal 8/7/4/n, Para gastos de instalación y demás del Laboratorio de Toxicología del Instituto Médico Legal________________________________$ 55,000 Cap. VIII.- Dirección General de Prisiones 8/8/2/b, Gratificación de zona de 10% para el personal que presta sus servicios en las provincias de Tarapacá y Antofagasta, y de 15% para el que sirve en el Territorio de Magallanes__________________________________$ 15,000 Gratificación de rancho para el Servicio de Vigilancia de Prisiones_____________________ 190,000