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Artículo 3 del Decreto Ley 339

(duplicado-rectificado) suplementa item del presupuesto de justicia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5998 / 7123880.

Texto oficial

Art. 3.o El mayor gasto de $ 1.500,000, que significa el presente decreto-ley, se deducirá de los fondos de auxilio directo a los cesantes, consultados en el artículo 1.o, Título III de la ley 5,105, de 18 de Abril del año en curso.