Texto oficial
Artículo 9°- Sustitúyese en el artículo 2°, letra c) del decreto ley N° 298, de 1974, la expresión "15 días" por "45 días".
Modifica el articulo 6°, letra a, del dfl. n° 190, de 1960
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6015 / 8844851.