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Artículo 3 transitorio del Decreto Ley 369

Crea la oficina nacional de emergencia, dependiente del ministerio del interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6027 · idParte: 8256044

Texto oficial

ARTICULO 3° Los fondos consultados en el ítem 05/02/01/023.002, del Presupuesto de la Nación del año 1974, serán puestos a disposición de la Oficina creada por el artículo 1° del presente decreto ley.