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Artículo 47 del Decreto Ley 379

Decreto Ley 379

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6034 · idParte: 7124000

Texto oficial

Art. 47. En toda fábrica, taller o empresa afectada por esta lei, deberá fijarse en sitios visibles a que tengan acceso los trabajadores, un cartel con el testo íntegro de la presente lei.