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Artículo 3 del Decreto Ley 386

Introduce enmiendas al decreto ley n° 113, de 1973, que modifico la ley n° 17.377

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6040 / 7124016.

Texto oficial

Artículo Tercero: Agrégase al artículo 8° de la ley N° 17.377, la siguiente letra n): Artículo 8°, letra n): realizar, en general, todos los actos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y, además, aquellas funciones que su calidad de superintendencia de la televisión chilena le impone, sin que en consecuencia pueda entenderse la enumeración precedente como taxativa.