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Artículo 5 del Decreto Ley 386

Introduce enmiendas al decreto ley n° 113, de 1973, que modifico la ley n° 17.377

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6040 · idParte: 7124018

Texto oficial

Artículo Quinto: Autorízase a la Secretaría General de Gobierno y a la Dirección de Informaciones del Gobierno, esta última en reemplazo de la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República, para hacer uso de la facultad establecida en el artículo 4°, inciso 4° de la ley N° 16.643, sobre Abusos de Publicidad.