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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 60439 · idParte: 8640617

Texto oficial

Artículo 39: Las Mutuales de Seguridad pagarán a las Ley Nº19.410 Municipalidades o Corporaciones municipales empleadoras una Art.1º Nº21 suma equivalente al total del subsidio que hubiere correspondido a los funcionarios regidos por la presente ley, de acuerdo con las normas del decreto con fuerza de ley Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, cuando existan convenios celebrados al respecto entre las instituciones señaladas.