Texto oficial
Artículo 8º: La asignación por desempeño en condiciones Ley Nº19.070
difíciles, establecida en el artículo 50 de la presente Art.8º Tran.
ley, se otorgará de acuerdo a la siguiente tabla de
gradualidad:
1.- Durante los años 1991 y 1992: hasta un 25% del monto
total señalado en el artículo 50 de esta ley;
2.- Durante el año 1993: hasta un 50% del monto total
señalado en el artículo 50 de esta ley;
3.- Durante el año 1994: hasta un 75% de dicho monto, y
4.- A partir del año 1995: hasta un 100% de dicho monto,
según la disponibilidad del fondo destinado al pago de esta
asignación.