Texto oficial
Artículo 18 Y.- La información proveniente de los
procesos de inducción y mentoría será pública, sin
perjuicio de la debida reserva de los datos personales de
conformidad a la ley.
Con todo, la información deberá ser entregada en
forma agregada, de modo que no puedan ser identificados los
resultados de los procesos a nivel individual.