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Artículo 18 Z BIS del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 60439 / 9693646.

Texto oficial

Artículo 18 Z bis.- La Agencia de la Calidad de la Educación, de conformidad a lo previsto en las letras d) y e) del artículo 10 de la ley N° 20.529, entregará al Ministerio de Educación los resultados de las evaluaciones que realice respecto de la implementación de acciones formativas y procesos de inducción, realizadas directamente en los establecimientos educacionales.