Texto oficial
Artículo 3°- Reitérase que, por aplicación del
artículo 30° del decreto ley N° 249, han quedado
derogadas todas las disposiciones de cualquier índole que
concedían o permitían conceder en beneficio de los
trabajadores cualquier clase de remuneraciones distintas a
las establecidas o mantenidas en este cuerpo legal. Esta
disposición es aplicable, entre otros, a los grados a
título personal, los grados flotantes y los grados
excedentes que pudieran involucrar un mejoramiento
económico.