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Artículo 3 del Decreto Ley 411

Regulariza lo actuado por la comision organizadora de los vii juegos panamericanos y pone termino a esta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6061 / 8989611.

Texto oficial

Artículo 3.o- Todo acuerdo de gastos e inversión de fondos de la Comisión a partir de la fecha del presente decreto ley y hasta el 31 de Mayo de 1974 requerirá la aprobación previa del Director General de Deportes y Recreación y el cual deberá ser visado por la Dirección de Presupuestos.