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Artículo 4 del Decreto Ley 411

Regulariza lo actuado por la comision organizadora de los vii juegos panamericanos y pone termino a esta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6061 / 8989612.

Texto oficial

Artículo 4.o- Las responsabilidades administrativas, civiles y penales, en su caso, del Presidente y demás miembros de la Comisión, como asimismo del personal rentado, podrá hacerse efectiva hasta seis meses después de la disolución de la Comisión.