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Artículo 2 del Decreto Ley 422

Decreto Ley 422

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6070 / 8825769.

Texto oficial

Art. 2.o Modifícanse en la siguiente forma y a contar desde el 1.o de enero del presente año, los sueldos anuales del siguiente personal del laboratorio y cuyos sueldos se consultan en el ítem 652 del presupuesto de variables, de la partida 9.a: Bacteriólogo de $ 12,000 a $ 14,400. Químico de $ 12,000 a $ 14,000. Portero de $ 1,800 a $ 3,600.