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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 422

Decreto Ley 422

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6070 / 8825772.

Texto oficial

Artículos transitorios {ARTS. 1-3} Artículo 1.o Los nuevos sueldos correspondientes a los puestos de los ítem 313, 314, 321, 322 y 323 consúltanse solo por nueve meses del presente año, y el correspondiente al ítem 315 solo por los meses de enero, febrero y marzo.