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Artículo 46 del Decreto Ley 446

Reajusta, a contar del 1° de mayo de 1974, los sueldos del sector publico y privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6090 · idParte: 8989671

Texto oficial

Artículo 46.- Suplementanse en un 58,34% de la cantidad consultada, los gastos de representación sin la obligación de rendir cuenta, incluidos en los ítem 017 del Presupuesto vigente.