Saltar al contenido

Artículo 36 del Decreto Ley 486

Decreto ley n° 486, que crea el banco central de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6127 / 9035480.

Texto oficial

Art. 36. Los tenedores de acciones de la clase "C" elejirán, a razon de un voto por cada accion, un Director, que durará tres años en sus funciones y que podrá ser reelejido.