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Artículo 4 del Decreto Ley 507

Concede bonificacion de eº 10.000, en calidad de anticipo de futuros reajustes, a los trabajadores que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6147 · idParte: 7124378

Texto oficial

Artículo 4º.- Para los efectos del cumplimiento de este decreto ley, no regirán las limitaciones establecidas en los artículos 35º de la ley Nº 11.469 y 109 de la ley Nº 11.860. Los Presupuestos de las Municipalidades, Servicios, Instituciones y Empresas descentralizadas del Sector Público, se entenderán modificados para el sólo efecto del cumplimiento de este decreto ley.