Texto oficial
Art. 9.o Queda prohibido vender o entregar productos:
a) A comerciantes no inscritos o no autorizados;
b) Para motores, vehículos motorizados o industrias no inscritas;
c) A consumidores sin la correspondiente orden de entrega, o más cantidad que la fijada en ella, o en fuera de las ocasiones señaladas por la Comisión;
d) A consumidores excluídos del racionamiento;
e) A un precio mayor que el fijado por la Dirección.