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Artículo 34 del Decreto Ley 519

Queda sometido al control del estado la importacion de petroleo y sus derivados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6155 · idParte: 7124430

Texto oficial

Art. 34. Al sancionar una comisión con la pena de comiso, la hará recaer sobre los productos que posea el infractor, en especial sobre los que formen el cuerpo de la infracción y la podrá aplicar a la totalidad de ellos o a una parte.