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Artículo 6 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873648.

Texto oficial

Artículo 6°.- Corresponderán a la Planta Científica Profesional aquellos cargos que impliquen en el desarrollo de sus funciones, conocimientos científicos o tecnológicos que competen al interés directo y principal de la Comisión, como asimismo, aquellos otros que por su naturaleza el Consejo determine al aprobar las Plantas.