Texto oficial
Artículo 12°.- Aprobada legalmente la Planta, corresponderá al Director Ejecutivo dictar una resolución mediante la cual se asigne al personal, a los cargos considerados en las respectivas Plantas.
Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873654.