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Artículo 63 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873712.

Texto oficial

Artículo 63.o- La suspensión consiste en la privación temporal del empleo sin goce de sueldo, y sin poder hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo.