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Artículo 65 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873714.

Texto oficial

Artículo 65.o- La destitución es la resolución del Director Ejecutivo de poner término a la función del empleado por motivos fundados, desposeyéndolo de todos los derechos y prerrogativas del cargo que desempeñe. La destitución sólo podrá resolverse previo informe en tal sentido de la Contraloría General de la República.