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Artículo 26 del Decreto Ley 534

Establece disposiciones sobre reduccion del gasto publico, y para tales efectos, modifica o complementa los preceptos legales que, en su caso, menciona

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6170 / 9089737.

Texto oficial

ARTICULO 26° Los gastos operacionales que represente la aplicación del artículo anterior serán financiados con recursos provenientes de enajenación de vehículos, que mantiene la Dirección de Aprovisionamiento del Estado en las cuentas del Grupo 9.000 del Servicio de Tesorería, de acuerdo a las instrucciones que imparta el Ministro de Hacienda.