Texto oficial
ARTICULO 1° Deróganse los artículos 1°, 2° y 4°
inciso primero, de la ley 17.663, de 30 de mayo de 1972, y
demás disposiciones de la misma ley que hubieren suprimido
o hecho inaplicable el sistema de reajustabilidad
establecido en los artículos 68° del decreto con fuerza de
ley 2, de 1959, y 55° de la ley 16.391, restableciéndose,
en consecuencia, dicho sistema, sin perjuicio de las
modalidades que se señala en los artículos siguientes.