Texto oficial
Art. 70.- Existiendo disconformidad notoria y manifiesta en la firma, o falta de coincidencia entre las indicaciones del Rejistro y el sufragante, o su cédula de identidad se recabará la intervencion del esperto de identificacion que estará a las órdenes de las Mesas.
Miéntras llega el esperto, se procederá a recibir el sufragio de otros electores, sin que se permita la salida del dudoso.