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Artículo 1 del Decreto Ley 545

Modifica inciso 1° del articulo 46° bis de la ley n° 4.657

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6178 / 7124541.

Texto oficial

Artículo 1°- Suprímese en el inciso 1° del artículo 46° bis de la ley N° 4.657, la expresión "con reajuste". El artículo 46° bis de la ley citada fue introducido por el artículo 17°, N° 15, de la ley 17.318.