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Artículo 5 del Decreto Ley 551

Crea los escalafones que indica en la armada nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6182 / 8989822.

Texto oficial

Artículo 5°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 321, de 1960: a) Suprímese en el artículo 6° la frase "o en retiro de la Armada", que fue incorporada por la ley 17.101; b) Reemplázase en el inciso segundo del artículo 23 la frase "al régimen de previsión de empleados particulares" por "a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional".