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Artículo 2 del Decreto Ley 562

Modifica el d.f.l. n° 2, de 1968, que fijo el, estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6201 · idParte: 9035691

Texto oficial

Artículo 2°.- Las disposiciones contenidas en las letras d) e i) regirán a contar del 1° de Marzo de 1974.