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Artículo 3 del Decreto Ley 562

Modifica el d.f.l. n° 2, de 1968, que fijo el, estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6201 · idParte: 9035692

Texto oficial

Artículo 3°.- El mayor gasto anual que signifique la aplicación del presente decreto ley se financiará con cargo a los ítem de sueldo y sobresueldo del Presupuesto Corriente de la Subsecretaría de Carabineros del Ministerio de Defensa Nacional.