Texto oficial
Artículo 3°- Los recursos provenientes del Casino de Puerto Varas por concepto de aportes, ventas de entradas y tarjetas, rentas de la concesión y otras, que por aplicación de las leyes N°s 17.169 y 17.257, correspondan al Consejo Regional de Turismo de Llanquihue, Chiloé y Aysen, serán entregados en forma directa, sin intervención fiscal, a dicho Consejo. Igual procedimiento de entrega regirá para los recursos que les corresponda percibir a las instituciones favorecidas por la aplicación de los artículos 9° de la ley N° 17.169 y 2° del presente decreto ley.