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Artículo 24 del Decreto Ley 573

Estatuto del gobierno y administración interiores del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6207 / 8256381.

Texto oficial

Artículo 24. La ley dictará las normas y determinará los organismos para resolver las cuestiones de competencia que pudieren suscitarse entre las autoridades nacionales, regionales, provinciales, comunales y metropolitanas.