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Artículo 125 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458817.

Texto oficial

Artículo 125.- Los ocupantes de lotes fiscales a DL 956 1975 cualquier título, demandados en juicio de restitución del ART 1° d) predio, podrán reclamar en el comparendo a que se refiere el artículo 123 el retiro o pago de las mejoras, animales y frutos pendientes que les perteneciere. Dicha petición se tramitará como incidente y le será aplicable lo dispuesto en el número 3° del citado artículo.