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Artículo 150 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458847.

Texto oficial

Artículo 150°- no regirán las disposiciones contenidas en el decreto con fuerza de ley número 210, de 15 de Mayo de 1931, en lo que fueren contrarias a este Párrafo; sin perjuicio de la supervigilancia que por razones de carácter técnico estratégico, deba corresponder al Ministerio de Defensa Nacional y reparticiones navales de su dependencia, sobre las playas de la provincia de que se trata.