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Artículo 192 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458894.

Texto oficial

Artículo 192°- El Presidente de la República podrá permitir que se acojan a éste párrafo los extranjeros en las condiciones que en cada circunstancia crea conveniente exigirles, pero siempre a más de diez kilómetros de los límites del país.