Texto oficial
Artículo 222.- Los decretos supremos a que se refieren
las disposiciones anteriores se dictarán por intermedio del
Ministerio de Tierras y Colonización.
Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458926.