Texto oficial
Artículo 236.- Será aplicable a los terrenos sometidos
a este Párrafo lo dispuesto en el inciso 2° del artículo
195 y los artículos 196 y 202 de este cuerpo legal.
Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458941.