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Artículo 255 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458961.

Texto oficial

Artículo 255.- Para cumplir con el requisito de ocupación y trabajo de las tierras a que se refieren los tres artículos anteriores podrá el solicitante agregar a la suya la ocupación y el trabajo de las personas a quienes hubiere sucedido por causa de muerte. Podrá también agregarlos cuando haya sucedido a título singular por acto entre vivos en el dominio de las mejoras introducidas en el predio, siempre que la transferencia se haya operado antes del 14 de Enero de 1960.