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Artículo 265 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8458974.

Texto oficial

Artículo 265.- Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente en dominio a personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras que no persigan fines de lucro, sitios, quintas o chacras fiscales, siempre que los planos se encuentren debidamente aprobados. Será aplicable a las concesiones de sitios lo dispuesto en los artículos 72, 74, 75 y 336. La extensión máxima que pueda asignarse a cada quinta o chacra será determinada por cada población por decreto supremo.