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Artículo 384 del Decreto Ley 574

Fija el texto refundido del decreto con fuerza de ley 336, de 1953, de la ley 17.699 y de las disposiciones legales referentes a la administracion, tuicion y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6208 / 8459106.

Texto oficial

Artículo 384.- Se deroga el artículo 11° de la ley de 4 de Agosto de 1874 y el decreto ley número 601, de 14 de Octubre de 1925. Deróganse, asimismo, las leyes números 380 y 2.087, de 14 de Septiembre de 1896, y de 15 de Febrero de 1908, respectivamente, sin perjuicio de que sigan su curso los expedientes ya iniciados a la fecha de estas disposiciones. No se concederá nuevas calidades de colonos nacionales en conformidad a la ley N° 994, de 13 de Enero de 1898, mientras no esté constituida definitivamente la propiedad fiscal del terreno de que se trate.