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Artículo 3 del Decreto Ley 576

Crea una caja de retiro y de prevision social para los empleados municipales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6211 / 8856286.

Texto oficial

Art. 3.° Los empleados ingresados al servicio, a partir de la promulgacion de este Decreto-Lei y que completaren treinta años de servicios y cincuenta y cinco años de edad, se retirarán con los derechos que acuerdan las disposiciones de este Decreto-Lei y Reglamento de aplicacion.