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Artículo 36 transitorio del Decreto Ley 576

Crea una caja de retiro y de prevision social para los empleados municipales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6211 / 8856322.

Texto oficial

Art. 36. Despues de cinco años de promulgado este Decreto-Lei y siempre que se acumulen los fondos suficientes la Caja estará obligada a fundar y mantener el Asilo de Temperancia a que se refiere el Decreto-Lei número 1,055 de 6 de mayo de 1925.