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Artículo 2 del Decreto Ley 603

Declara exenta a la superintendencia de la casa de moneda y especies valoradas, de las disposiciones del articulo 6.º de la ley 5,005

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6223 / 7125365.

Texto oficial

Art. 2.o Modifícase la planta de la Superintendencia de la Casa de Monedas y Especies Valoradas, en la siguiente forma: a) Suprímense: un oficial de grado 14.o, dos oficiales de grado 20.o y un oficial de grado 22.o; y b) Auméntase la planta en dos oficiales de grado 12.o, un oficial de grado 18.o y un oficial de grado 19.o.